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JAVIER CASAL TAVASCI

Repertorio de Identidad Común (CIR)

El Parlamento Europeo aprobó en abril de 2019 la puesta en marcha de un nuevo sistema centralizado para la gestión de la información biométrica en la Unión Europea.

El Repertorio de Identidad Común (CIR) unificará las bases de datos existentes, esto es, el Sistema de Información Schengen (EURODAC) y el Sistema de Información de Visados (VIS) y tres nuevos sistemas: el Sistema de Entrada/Salida (EES), el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS) y el Sistema Europeo de Antecedentes Penales para Nacionales de Terceros Países (ECRIS-TCN).

Las nuevas reglas harán que los sistemas de información de la Unión Europea utilizados en la gestión de seguridad, control de fronteras y migración sean interoperables, permitiendo el intercambio de información entre distintos sistemas, facilitando la tarea a oficiales de policía y autoridades judiciales, guardias de fronteras y oficiales de migración.

Los principales elementos de la nueva legislación son:

  • Portal de búsqueda europeo que permite búsquedas simultáneas, en lugar de buscar en cada sistema individualmente.
  • Servicio compartido de coincidencia biométrica para la comparación cruzada de huellas dactilares e imágenes faciales de varios sistemas.
  • Repositorio de identidad común que proporciona información biográfica como fechas de nacimiento y números de pasaporte para una identificación más confiable.
  • Detector de múltiples identidades , detectando si una persona está registrada bajo múltiples identidades en diferentes bases de datos.

Además, se establecerán las garantías adecuadas para proteger los derechos fundamentales y el acceso a los datos.

Así pues, el CIR albergará información biométrica (huellas dactilares e imágenes faciales incluidas) de todo aquel que entre en la Unión Europea o sea ciudadano de un Estado miembro. De modo que, este proyecto permitirá a las agencias de migración, control de fronteras y cuerpos de seguridad acceder a una base de datos centralizada en la que estarán incluidos los datos biométricos tanto de ciudadanos de la Unión Europea como de extranjeros que entren en territorio de la Unión.

Los textos acordados deben ser aprobados formalmente por el Comité de Libertades Civiles, el Parlamento Europeo y el Consejo antes de entrar en vigor. Luego de la aprobación formal del Consejo, los Estados miembros tendrán dos años para adoptar las nuevas reglas.

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