Si entramos en algunos sitios web, blogs, foros o cuentas de redes sociales podemos ver publicidad de terceros incrustada, por ejemplo, en un banner. En tales casos, el sitio web, blog, foro o cuenta de red social funciona como «soporte» para el «anunciante».
El nexo de unión entre el administrador del sitio web, blog, foro o cuenta de red social y el anunciante suele ser una «plataforma o red de afiliados».
Cuando el usuario/consumidor hace clic en el enlace de afiliación del soporte (banner, footer, link…), que le dirige al sitio web del anunciante, una cookie instalada en el dispositivo del usuario lo detecta. Las cookies también registran las compras hechas. Lo habitual es que los afiliados ganen una comisión en función del valor de la cesta que han influenciado.
Los afiliados también pueden recibir comisiones, aunque no se realice una transacción, por ejemplo, por «registro» (cuando el usuario se registra en la web del anunciante, aunque no realice una compra), por «call tracking» (cuando el usuario deja su número de teléfono para que el anunciante le llame para informarle acerca de sus productos y/o servicios), por «clic» (el anunciante paga una tarifa basada en el número de clics que se hagan en su anuncio) o por «impresiones» (el anunciante paga una cantidad por cada vez que sale su anuncio en el soporte, independientemente de si el usuario clica o no en el anuncio o si accede o no a su sitio web). La plataforma por su labor de intermediación suele cobrar un porcentaje de la comisión, aunque las hay que cobran cantidades fijas según tarifa.
Las plataformas ponen a su disposición de sus afiliados diferentes catálogos de anunciantes. El afiliado se inscribe en uno o varios directorios y los anunciantes, si están interesados, empezarán a usar el soporte del afiliado para anunciarse y promocionar su negocio.
Expuesta la operativa de las plataformas de afiliados, surge la duda: ¿Quién ha de cumplir con la obligación de información al consumidor en materia de protección de datos personales? ¿debe ser el afiliado? ¿el anunciante? ¿la plataforma? ¿todos?
El deber de información, de obtención del consentimiento por parte de los usuarios y de gestión de las solicitudes de ejercicio de derechos en materia de protección de datos recaen sobre el responsable del soporte, si bien el administrador de la plataforma de afiliación debe velar porque los afiliados cumplan dichas obligaciones, aunque éstas no tratan datos personales de los usuarios. El anunciante también debe cumplir los referidos deberes cuando el usuario ingresa en su sitio web.
En ocasiones, los afiliados ponen a disposición de los anunciantes una base de datos de potenciales clientes, ya sea propia o adquirida a terceros. Si el anunciante quiere hacer uso de dicha base de datos para enviar publicidad por medios electrónicos debe asegurarse que se cumplen las condiciones que la normativa exige. Sobre el tema de la mercadotecnia directa y el interés legítimo del anunciante varios artículos que dejo enlazados al final para no repetirme.
En España operan muchas plataformas o redes de afiliados, si bien podríamos destacar, entre otras, las siguientes:
- Awin
- Sharesale
- Tradedoubler
- Rakuten Advertising
- Netfiliado
- Netaffiliation
- Affiliatefuture
- eXponsor
- Commission Junction
- Effiliation
- Admitad
- Afiliapub
- Prelinker
Más información
https://protecciondata.es/mercadotecnia/