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— JAVIER CASAL TAVASCI

Avatares de profesores creados con IA

El País publicó el 19 de octubre de 2026 una noticia titulada Llegó la hora de los avatares en las aulas: Harvard clona a sus docentes.

Avatares en el aula  

Desde abril de 2026, Harvard Business School ofrece HBS Foundry, un programa en línea de ocho semanas, con un precio de 699 dólares, dirigido a fundadores de empresas emergentes. La plataforma muestra avatares en vídeo de siete profesores, creados por la empresa estadounidense HeyGen. Sin embargo, estos sistemas no son infalibles.

En febrero de 2024, The Wall Street Journal puso a prueba Khanmigo, el tutor de la organización educativa Khan Academy. El sistema falló en restas elementales y dio por buena una respuesta errónea a un problema sobre el teorema de Pitágoras con un entusiasta: «¡Excelente!». Los docentes se muestran preocupados porque la IA les atribuya afirmaciones erróneas u obsoletas.

Un grupo de profesionales e investigadores redactó la Declaración de Derechos sobre la IA para Educadores que incluye un llamamiento a la autonomía del profesorado para tomar decisiones sobre si, cuándo y cómo usar la IA en función de los objetivos de aprendizaje, población estudiantil/contexto de aprendizaje y criterio pedagógico.

Normativa de aplicación 

Estados Unidos no cuenta con una ley federal sobre réplicas digitales, aunque algunos estados, como California y Tennessee, ya regulan su uso. El proyecto NO FAKES Act, que establecería un marco federal de protección frente a las réplicas digitales no autorizadas superó en junio de 2026 el trámite de la Comisión Judicial del Senado y sigue en tramitación.

En la Unión Europea, desde el 2 de agosto de 2026, el artículo 50 del Reglamento de Inteligencia Artificial obliga a informar a los usuarios de que están interactuando con un sistema de IA y a etiquetar los contenidos generados o manipulados mediante inteligencia artificial.

Conclusión

La persona cuya imagen y voz se reproduzcan debe haberlo autorizado de forma libre, sin presiones ni condicionamientos. No debemos olvidar que la imagen y la voz son datos personales y que, cuando su tratamiento se base en el consentimiento, este debe ser libre y no puede ser fruto de la coacción.

No veo mal este tipo de interacciones, siempre que se informe de que estamos interactuando con una máquina y que una persona supervise íntegramente el contenido. 

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