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JAVIER CASAL TAVASCI

Derecho a la portabilidad

El derecho a la portabilidad se regula en el artículo 20 de RGPD y en el artículo 17 de la LOPDGDD.

El interesado tiene derecho a recibir los datos personales que hubiere facilitado a un responsable del tratamiento en un formato estructurado, de uso común, de lectura mecánica e interoperable. Cuando técnicamente sea posible, dichos datos se transmitirán directamente de responsable a responsable.

Los datos personales que serán transmitidos serán aquellos que fueron facilitados por el interesado de forma activa o generados por él durante el uso del servicio. El responsable del tratamiento podrá excluir del derecho a la portabilidad aquellos datos que sean el resultado de un análisis realizado por él sobre los datos de los interesados, por ejemplo, la elaboración de perfiles.

El ejercicio de este derecho exige, por un lado, que el tratamiento esté fundado en el consentimiento del interesado o en un contrato en el que el interesado sea parte y, por otro, que dicho tratamiento sea efectuado por medios automatizados. 

Este derecho no se reconoce al interesado cuando el tratamiento sea necesario para el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable y su ejercicio no afectará negativamente a los derechos y libertades de otros.

Veamos algunos ejemplos: descontento con su compañía de telefonía decide cambiar a otra. En ese caso, podría instar la portabilidad de sus datos personales, de forma que estos se transfieren de una compañía a otra para dar de alta el servicio en la nueva compañía. 

Otro ejemplo: Usted es miembro de una red social de Internet y decide que otra red social es mejor para sus objetivos y grupo de edad. Puede pedir a la red social que utiliza actualmente que transfiera sus datos personales a la nueva red social invocando el derecho a la portabilidad.

Plazos de respuesta

El plazo de respuesta será el más breve posible y no excederá de UN MES. En caso necesario, por la complejidad y el número de solicitudes, dicho plazo se podrá ampliar o prorrogar DOS MESES MÁS. Cuando se decida ampliar o prorrogar el plazo debe informarse al interesado antes de que se agote el primer mes, indicando el tiempo y los motivos de la dilación.

Si los datos fueron cedidos a terceros deberá notificarse la portabilidad de los datos personales a los cesionarios para que no sigan tratando los datos del interesado, salvo que la notificación sea imposible o exija un esfuerzo desproporcionado. En todo caso, se informará al interesado sobre la identidad de los cesionarios.

Plantillas

La AEPD nos facilita una plantilla para el ejercicio del derecho a la limitación del tratamiento que pueden encontrar haciendo clic aquí.

Para el caso de que ejercite el derecho de oposición a la limitación del tratamiento y este fuese denegado puede reclamar a la AEPD empleando el formulario que dejo enlazado aquí.

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