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JAVIER CASAL TAVASCI

Derecho a la limitación del tratamiento

El derecho a la limitación del tratamiento se regula en el artículo 18 del RGPD y en el artículo 16 de la LOPDGDD.

Este derecho permite al interesado, cuyos datos personales sean objeto de tratamiento, solicitar al responsable la aplicación de medidas para evitar la modificación de los datos, así como su borrado o supresión.

El interesado tiene derecho a limitar el tratamiento de sus datos personales cuando concurra alguna de las siguientes condiciones:

  • Que el interesado impugne la exactitud de sus datos personales, durante un plazo que permita al responsable verificar la exactitud de los mismos.
  • Que el tratamiento sea ilícito y el interesado se oponga a la supresión de los datos personales y solicite en su lugar la limitación de su uso.
  • Que el responsable ya no necesite los datos personales para los fines del tratamiento, pero el interesado los necesite para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
  • Que el interesado se haya opuesto al tratamiento de sus datos personales, mientras se verifica si los motivos legítimos alegados por el responsable (por ejemplo, interés legítimo o misión de interés público) prevalecen sobre los del interesado.
  • Que el interesado haya ejercido los derechos de rectificación u oposición y el responsable del tratamiento esté en proceso de determinar si procede atender a la solicitud.

Cuando el tratamiento se haya limitado, los datos personales del interesado solo podrán ser objeto de tratamiento, con excepción de su conservación en los supuestos siguientes:

  • Con el consentimiento del interesado.
  • Para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
  • Para la protección de los derechos de otra persona física o jurídica.
  • Por razones de interés público importante de la Unión o de un Estado miembro.

En cualquier caso, el interesado que haya obtenido la limitación del tratamiento será informado por el responsable antes del levantamiento de dicha limitación.

La limitación del tratamiento puede llevarse a cabo de diversas maneras. Por ejemplo, moviendo los datos cuyo tratamiento está limitado a un fichero temporal o evitando el acceso de usuarios a los datos personales del interesado. En los ficheros automatizados la limitación del tratamiento debe realizarse, en principio, por medios técnicos.

Este derecho a la limitación del tratamiento debe constar claramente en los sistemas de información del responsable para evitar tratamientos ulteriores de los datos.

Veamos un ejemplo para entenderlo mejor. Pongamos que tiene firmada una hipoteca. Otra entidad bancaria le ofrece mejores condiciones y decide cambiar la hipoteca a esta, al tiempo que solicita a la anterior entidad que limite el tratamiento de sus datos personales para asegurarse de que estos no se utilicen accidentalmente para fines no deseados. 

Otro ejemplo: demandan a un centro médico por daños y perjuicios tras sufrir las consecuencias de una negligencia médica. Para evitar que los datos sean borrados por el centro, tras comunicar el inicio de las acciones judiciales, solicita que se limite el tratamiento de sus datos personales.

Plazos de respuesta

El plazo de respuesta será el más breve posible y no excederá de UN MES. En caso necesario, por la complejidad y el número de solicitudes, dicho plazo se podrá ampliar o prorrogar DOS MESES MÁS. Cuando se decida ampliar o prorrogar el plazo debe informarse al interesado antes de que se agote el primer mes, indicando el tiempo y los motivos de la dilación.

Si los datos fueron cedidos a terceros deberá notificarse la oposición al tratamiento a los cesionarios para que no sigan tratando los datos personales del interesado, salvo que la notificación sea imposible o exija un esfuerzo desproporcionado. En todo caso, se informará al interesado sobre la identidad de los cesionarios.

Plantillas

La AEPD nos facilita una plantilla para el ejercicio del derecho a la limitación del tratamiento que pueden encontrar haciendo clic aquí.

Para el caso de que ejercite el derecho de oposición a la limitación del tratamiento y este fuese denegado puede reclamar a la AEPD empleando el formulario que dejo enlazado aquí.

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