El BOE de 10 de julio de 2023 publicó la Resolución de la Dirección de la AEPD de 29 de junio de 2023, por la que se aprueban los modelos de presentación de reclamaciones. Pueden consultar la resolución haciendo clic aquí.
Esto significa que, a partir del 10 de agosto de 2023, todas las reclamaciones dirigidas a la AEPD tienen que hacerse empleando, obligatoriamente, los modelos oficiales a través de la sede electrónica de la AEPD.
Existe un modelo normalizado general de reclamación y seis modelos específicos:
- Modelo general de reclamación.
- Modelo específico de reclamación por desatención por el RT de una solicitud de ejercicio de los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del RGPD.
- Modelo específico de reclamación por la recepción de publicidad directa no deseada.
- Modelo específico de reclamación por la instalación de dispositivos de videovigilancia.
- Modelo específico de reclamación por determinados incumplimientos en el tratamiento de datos personales vinculados a deudas.
- Modelo específico de reclamación del canal prioritario.
- Modelo específico de reclamación por violación de la seguridad de los datos personales.
La Resolución advierte, en su artículo 3, que si la reclamación no cumple los requisitos previstos en el modelo establecido, la misma no surtirá efectos y se le comunicará al interesado, requiriéndole para que, en su caso, presente una nueva reclamación ajustada a dichos requisitos.