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JAVIER CASAL TAVASCI

NFT Johan Cruyff — F.C. Barcelona

El F.C. Barcelona vendió su primer NFT, inspirado en Johan Cruyff y titulado «In a Way, Inmortal», por 693.000 dólares (678.377 euros al cambio) en la subasta de Sotheby’s de Nueva York celebrada el 29 de julio de 2022. La adquisición incluye una edición animada única de la obra, junto con cuatro NFT adicionales, cada uno compuesto por una imagen fija de la versión animada.

Además de la obra en sí, el comprador se ha convertido en «Barça Digital Ambassador», un reconocimiento con el que podrá disfrutar de experiencias únicas contempladas en el contrato inteligente del NFT, según fuentes oficiales del club.

La obra «In a Way, Inmortal» recuerda el legendario gol que Johan Cruyff marcó a Miguel Reina, portero del Atlético de Madrid, en el Camp Nou el 22 de diciembre de 1973, conocido como el «gol del holandés volador». Aquí tienen la obra en cuestión:

Y aquí el golazo del holandés volador:

Venta polémica 

La Advertising Standards Authority (ASA) del Reino Unido —equivalente a Autocontrol en España— determinó el 21 de diciembre de 2022 que la publicidad del F.C. Barcelona, emitida los días 20 y 29 de julio de 2022 en plataformas como Google y Twitter (ahora X), era engañosa. Aunque la resolución no es vinculante, sirve como advertencia para el mercado de los NFT, destacando la necesidad de transparencia en la promoción de activos digitales.

La ASA cuestionó la publicidad del NFT, calificándolo de engañosa, por no advertir adecuadamente sobre:

  1. Los riesgos financieros asociados a los Tokens No Fungibles (NFT), como su volatilidad y posible pérdida de valor. 
  2. Los costes adicionales de la transacción, como la comisión de la casa de subastas, impuestos aplicables y tarifas por la transferencia del NFT al «wallet» del comprador.
  3. Las restricciones significativas sobre los derechos de propiedad que adquiría el comprador, limitando su uso comercial.

¿Inversión?

Existen opiniones divididas: algunos ven los NFT como inversiones especulativas, otros como artículos coleccionables y hay quienes los consideran estafas potenciales. Cada persona puede formarse su propia opinión, pero desde una perspectiva regulatoria, es crucial analizar su naturaleza.

Si se consideran un producto de inversión, los responsables de marketing deben asegurarse de no explotar la inexperiencia o la credulidad de los consumidores. Por lo tanto, deben informar en la publicidad acerca de la volatilidad del producto.

El F.C. Barcelona argumentó que sus NFT no son un producto de inversión, sino un objeto coleccionable; por eso no advirtieron en la publicidad sobre los riesgos financieros asociados. Aunque este argumento no convenció a la ASA, en España podría alinearse con el marco normativo actual, actualizado con la entrada en vigor del Reglamento MiCA (Markets in Crypto–Assets) desde finales de 2024, que excluye los NFT únicos y no fungibles de su ámbito de aplicación si no se comportan como activos financieros fraccionables.

A falta de una regulación específica de los NFT en España, debemos acudir a la Circular 1/2022, de 10 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, relativa a la publicidad sobre criptoactivos presentados como objeto de inversión que en su artículo 3, apartado 2, letra d) dice: «No tendrán la consideración de actividad publicitaria sobre criptoactivos: la publicidad sobre criptoactivos que sean únicos y no fungibles con otros criptoactivos, cuando aquellos representen activos coleccionables, obras con propiedad intelectual o activos cuyo único fin sea su utilización en juegos o competiciones, de forma que no sean ofrecidos masivamente como mero objeto de inversión». 

En el derecho romano, las cosas fuera del comercio de los hombres (res extra commercium) no podían constituir el objeto de un contrato o pacto. Aunque los NFT son intangibles, su capacidad para ser vendidos y especulados los asimila a productos de inversión de alto riesgo en muchos casos, especialmente si no son únicos. Bajo MiCA, los NFT únicos como este quedan excluidos de regulaciones estrictas, pero si se fraccionan o masifican, podrían clasificarse como criptoactivos regulados.

Aunque la normativa no lo exija, es conveniente que el vendedor informe en la publicidad sobre los riesgos asociados a este tipo de inversiones. Más vale que sobre que no que falte.

¿Costes añadidos?

El anuncio del F.C. Barcelona no mencionaba que Sotheby’s aplicaba una comisión del 25 % sobre el precio de remate, más un 1 % por gastos generales, ni advertía sobre impuestos aplicables o tarifas de transferencia al wallet del comprador, lo que elevó el coste total significativamente.

El F.C. Barcelona alegó que en los anuncios de Google el espacio es limitado (30 caracteres de texto en el título y 90 en el cuerpo del anuncio) y que no era factible publicar dicha información en el soporte publicitario. La ASA no aceptó esa justificación, concluyendo que el club debería haber seleccionado otro soporte publicitario, tachando la omisión de información de engañosa.

¿Derechos de propiedad limitados?

Si se pudiera adquirir el cuadro de «Las Meninas», de Velázquez, el propietario tendría en su casa una obra única con derechos de propiedad ilimitados, como los tiene el Estado español, pero con los NFT, los derechos suelen ser restringidos.

En el caso del NFT de Cruyff, la compra no incluye derechos de propiedad intelectual sobre las imágenes, ni permite su exhibición comercial o modificaciones. Aunque estas limitaciones figuraban en los términos y condiciones de venta, no se publicitaron adecuadamente, lo que motivó la crítica de la ASA por falta de claridad en la promoción.

Conclusión

Los NFT son identificadores únicos e indivisibles vinculados a un activo digital como imágenes, vídeos, música u otros registros, registrados en un directorio que se conoce como «blockchain» para garantizar la autenticidad del activo y la trazabilidad.

El mundo del arte ha abrazado los NFT durante años, con ventas récord, como la de «The First 5.000 Days» de Beeple que se compone de 5.000 obras, muchas de ellas vídeos o gifs en movimiento. Fue subastada en Christie’s por 70 millones de dólares en 2021.

The First 5.000 Days (detalle)

El mercado de los NFTs ha madurado significativamente, cayendo de 184.000 millones de dólares en 2023 a unos 487 millones en 2025, desplazando las inversiones hacia aplicaciones con utilidad real, como tokenización de activos del mundo real (RWA), gaming, identidades digitales y música. 

El mercado de los NFTs es altamente especulativo y volátil y se considera una inversión de alto riesgo. Ténganlo presente si deciden invertir en NFTs.

Actualización (09/09/2025)

La casa de subastas de arte más grande del mundo está cerrando su división de NFT

 

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