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JAVIER CASAL TAVASCI

Plataformas de recogida de firmas

De un tiempo a esta parte se han popularizado las plataformas de recogida de firmas para diferentes iniciativas ciudadanas. La más conocida a nivel global es Change.org.

Tengo claro que detrás de cada iniciativa hay personas de buena voluntad dispuestas a solucionar las injusticias gracias a su determinación, pero estas plataformas no me convencen del todo por su modelo de negocio y manejo de datos. 

En primer lugar, no son Organizaciones No Gubernamentales (ONG), sino empresas privadas con fines comerciales, a menudo situadas fuera de España. 

Según la Política de Privacidad de Change.org, el responsable del tratamiento de datos personales está en San Francisco (Estados Unidos), aunque cuenta con un representante en la Unión Europea, concretamente, en Barcelona. Esto asegura el cumplimiento del RGPD, pero implica la transferencias de datos a Estados Unidos.

En PeticiónPublica.es, la plataforma lanza al usuario la siguiente advertencia: «Al aceptar la presente política de privacidad, el usuario consiente expresamente que sus datos personales puedan ser utilizados, conforme a las preferencias indicadas en el formulario correspondiente, para enviarle por carta, teléfono, correo electrónico, SMS/MMS, o por otros medios de comunicación electrónica equivalentes, comunicaciones comerciales o información de empresas relacionadas con los sectores de telecomunicaciones; financiero; seguros; energía, combustibles y agua; ocio; turismo y viajes; automoción; salud, bienestar y alimentación; belleza y cosmética; formación, consultoría, educación y empleo; ONGs; asesoría legal; inmobiliaria» y añaden: «Conforme a las preferencias seleccionadas en el formulario de captación correspondiente, sus datos podrán ser cedidos a empresas relacionadas con los sectores que se relacionan y detallan arriba. La finalidad de la cesión será el envío, por carta, teléfono, correo electrónico, SMS/MMS, o por otros medios de comunicación electrónica equivalentes por parte de estas empresas de información y comunicaciones comerciales que puedan resultar de su interés». Se puede deducir —y dudo que me equivoque– que esa cesión de datos personales para comunicaciones comerciales de terceros no es desinteresada.

Aunque muy lejos de las cifras de Change.org, la plataforma PeticiónPública.es es capaz de mover a muchos firmantes. Por ejemplo, la iniciativa denominada No a los Sueldos Desorbitados y Prebendas de la Clase Política Española lleva recogidas, a fecha de hoy, un total 436.325 firmas. 

Change.org

Change.org surgió en el año 2007 como una red social sin ánimo de lucro, aunque ahora opera como una Corporación de Beneficio Público.

En la actualidad, según datos publicados en su sitio web, la plataforma recoge más de 500.000 firmas diarias, con presencia en 196 países. Change.org no comercializa con los datos personales de los usuarios, pero se lucra a cuenta de ellos, ya sea mediante aportaciones voluntarias, cuotas de membresía y promociones patrocinadas.

Cuando una persona firma o crea una petición en Change.org, se genera automáticamente una cuenta de usuario. Todas las actividades en Change.org quedan vinculadas a dicha cuenta. Los datos recopilados son, básicamente, nombre y apellidos del usuario y dirección de correo electrónico. Opcionalmente, pueden recabar datos acerca de dirección postal, perfil en redes sociales, número de teléfono, datos de tarjeta de crédito y toda aquella información personal que, amablemente, guste compartir con la plataforma.

Change.org informa que los datos personales de los usuarios, recabados a través de la plataforma, se tratan para diferentes finalidades.

Una finalidad es el «análisis de información personal para informes comerciales y la prestación de servicios personalizados». Dentro de esta finalidad explican que tratan sus datos personales para «personalizar su experiencia presentándole peticiones, campañas y ofertas adaptadas a usted, basadas en lo que sabemos sobre usted» y añaden: «podemos anonimizar, desidentificar y/o agregar información y usarla para entender y servir mejor a nuestros usuarios o para optimizar nuestros esfuerzos orientados a las acciones de marketing. Por ejemplo, podemos elaborar estadísticas para conocer el porcentaje de nuestros usuarios en un estado o país que se preocupan por los derechos de los animales, o el rango de edad de dichos usuarios, o analizar el rendimiento de ciertos correos electrónicos en particular». O sea que, por un lado, crean un perfil de sus usuarios en función de sus inquietudes e intereses y, por otro, les remiten información acerca de iniciativas que pueden resultar de su interés. Igual si atraen su atención sobre «causas justas» consiguen que se hagan socios.

En la Política de Privacidad se advierte que los datos personales recabados pueden ser cedidos, en concreto, a empresas dentro del grupo de empresas de Change.org y sucursales locales. Curiosamente, los enlaces están rotos, de forma que no se identifica a los destinatarios. Lo mismo pasa con proveedores, subcontratistas y socios comerciales que tampoco se identifican.

Dentro de las advertencias de la Política de Privacidad me llama la atención la siguiente: «No tenemos planeado vender nuestra empresa. En este caso improbable, podremos transferir su información personal a un tercero si nosotros o cualquiera de nuestras filiales estamos o están involucradas en una reestructuración empresarial (por ejemplo, una venta, fusión u otra transferencia de activos, incluido en relación con procedimientos concursales o similares)». De modo que la base de datos de millones de usuarios puede caer en manos de cualquiera que compre la plataforma o se fusione con la misma. 

Change.org es una organización global. Como tal se advierte al usuario que «su información personal puede ser almacenada y procesada en cualquier país donde tengamos oficinas o en el cual utilicemos a proveedores de servicios, y al utilizar la plataforma usted autoriza la transferencia de su información personal a países fuera de su país de residencia, incluido Estados Unidos, que pueden tener normas de protección de datos distintas a las de su país. En determinadas circunstancias, los tribunales, las autoridades policiales, las agencias reguladoras o las autoridades de seguridad radicadas en esos otros países podrán tener derecho a acceder a su información personal».

La autenticidad de las firmas recabadas por estas plataformas ha sido objeto de críticas recurrentes. Para firmar una iniciativa, basta un nombre, uno o dos apellidos y un correo electrónico, que pueden ser verdaderos o falsos. Nada impide crear un perfil falso, pues no se asocia el nombre y apellidos del usuario a su documento acreditativo de identidad y tampoco se requiere el uso de firma electrónica para participar en cualquiera de las iniciativas.   

Conclusiones y alternativas

Reconozco que estas plataformas pueden generar un debate en la ciudadanía, especialmente cuando sus campañas trascienden a los medios de comunicación y redes sociales, pero su validez para promover cambios legislativos directos es nula en España, ya que no cumplen requisitos formales como verificación de firmas.

La vía legal habilitada para que la ciudadanía pueda participar del proceso legislativo es la llamada «Iniciativa Legislativa Popular» (ILP), que exige la presentación de 500.000 firmas, si bien la ILP tiene límites: no procede en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia (indulto).

La «Iniciativa Legislativa Popular» se regula por la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la iniciativa legislativa popular y la Ley Orgánica 4/2006, de 26 de mayo, de modificación de la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular.

Hasta diciembre de 2025 se registraron un total de 145 ILPs, aunque solo cuatro fueron adoptadas como ley: la ILP sobre reclamación de deudas comunitarias con 832.000 signatarios; la ILP sobre dación en pago y paralización de desahucios impulsada por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca con más de un millón y medio de firmas; la ILP sobre la regulación de la Tauromaquia como Patrimonio Cultural Inmaterial, respaldada por cerca de 600.000 firmas; y la ILP sobre la defensa y protección del Mar Menor y su cuenca con cerca de 640.000 firmas. 

El camino que han de recorrer los promotores de una ILP no es fácil por las exigencias legales en torno a las firmas y su validez. Además, en el trámite parlamentario, nada garantiza que el resultado sea el que se planteaba en la propuesta inicial, aunque para evitar tal desconexión, la Ley 4/2006 abrió la puerta a la intervención de los promotores en la comisión parlamentaria que debata la proposición antes de la toma en consideración.

ALEMANIA cuenta con una plataforma oficial de peticiones que opera a nivel estatal, gestionada por el Bundestag. La participación es sencilla, basta con registrar una cuenta de usuario con su nombre y apellidos, documento de identidad, dirección postal, correo electrónico y teléfono. Las peticiones son enviadas telemáticamente al Comité de Peticiones. Registrada la petición, si cumple los requisitos de admisión, se abre un periodo de cuatro semanas para recoger firmas. Las firmas se pueden enviar por vía telemática, correo postal, correo electrónico o fax a la Secretaría de la Comisión de Peticiones del Bundestag. La plataforma garantiza la privacidad del usuario, al poder emplear un pseudónimo. Si una petición alcanza el quórum de 50.000 partidarios dentro del periodo de firmas, el peticionario es escuchado en una reunión pública del Comité de Peticiones del Bundestag. Para más detalles sobre dicha plataforma hagan clic aquí.

A nivel de la Unión Europea existe la Iniciativa Ciudadana Europea (ICE). Para ponerla en marcha es necesario constituir un grupo de siete ciudadanos de la Unión Europea de siete Estados miembros. Hablamos de iniciativas que afectan a todos los Estados de la Unión, de ahí esta exigencia, que no es fácil de cumplir. Antes de comenzar la recogida de firmas, es necesario pedir a la Comisión Europea que la registre. La iniciativa tiene que estar avalada, al menos, por 1 millón de personas y alcanzar un mínimo de firmas en, al menos, siete Estados de la Unión. Para ello se habilita un sistema central de recogida de firmas. La campaña de recogida de firmas durará, como máximo, doce meses y se iniciará en el plazo de seis meses siguientes a la fecha de registro de la iniciativa. Puede firmar cualquier ciudadano de la Unión mayor de 18 años. Concluida la recogida de firmas, se agruparán por nacionalidades en el plazo de tres meses. En los tres meses siguientes se presentará la iniciativa a la Comisión Europea. A partir de entonces se inicia la fase de examen: en el plazo de un mes los organizadores se reunirán con representante de la Comisión Europea para explicarles la iniciativa. En el plazo de tres meses, tendrán la oportunidad de presentar su iniciativa en una audiencia pública ante el Parlamento Europeo. En el plazo de seis meses, la Comisión Europea expondrá las medidas que tenga previsto adoptar, en su caso, como respuesta a la iniciativa y las razones de su decisión de intervenir o no. Si la Comisión considera que un acto jurídico es una respuesta adecuada a la iniciativa, empezará a elaborar una propuesta oficial. Hasta la fecha solo han tenido éxito diez iniciativas.

Crear una plataforma en línea similar a la de Alemania en España es técnicamente posible, garantizándose la autenticidad de las firmas mediante el uso del DNI electrónico o un certificado digital reconocido, pero ¿interesa, realmente, que la ciudadana participe directamente en la gestión de lo público? 

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