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JAVIER CASAL TAVASCI

Plataformas de recogida de firmas

De un tiempo a esta parte se han popularizado las plataformas de recogida de firmas para diferentes iniciativas. La más popular es Change.org.

Tengo claro que detrás de cada iniciativa hay personas de buena voluntad dispuestas a solucionar las injusticias gracias a su determinación, pero estas plataformas no me convencen. 

En primer lugar, no son Organizaciones No Gubernamentales (ONG) sino empresas privadas situadas fuera de España.

Según la Política de Privacidad de Change.org, el responsable del tratamiento de datos personales está en San Francisco (EE.UU.), si bien tienen un representante en la Unión Europea, concretamente, en Barcelona.

En petición.es la información acerca de la identidad del responsable de la web y del tratamiento de datos personales es opaca, así pues, incumplen lo establecido en el artículo 10 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, lo cual puede ser motivo de infracción y sanción.

La plataforma petición.es opera en España, si bien su Política de Privacidad está escrita en inglés, lo cual dificulta su comprensión. Ya sea en inglés o traducida al español, lo cierto es que no cumplen las previsiones del RGPD en materia de información. Nuevo motivo de infracción y sanción por parte de la autoridad de control.

En peticiónpublica.es han tenido la cortesía de escribir su Política de Privacidad en español. Como en el caso anterior, incumplen las previsiones legales en materia de información al usuario de la web. La plataforma lanza al usuario la siguiente advertencia: «Al aceptar la presente política de privacidad, el usuario consiente expresamente que sus datos personales puedan ser utilizados, conforme a las preferencias indicadas en el formulario correspondiente, para enviarle por carta, teléfono, correo electrónico, SMS/MMS, o por otros medios de comunicación electrónica equivalentes, comunicaciones comerciales o información de empresas relacionadas con los sectores de telecomunicaciones; financiero; seguros; energía, combustibles y agua; ocio; turismo y viajes; automoción; salud, bienestar y alimentación; belleza y cosmética; formación, consultoría, educación y empleo; ONGs; asesoría legal; inmobiliaria» y añaden: «Conforme a las preferencias seleccionadas en el formulario de captación correspondiente, sus datos podrán ser cedidos a empresas relacionadas con los sectores que se relacionan y detallan arriba. La finalidad de la cesión será el envío, por carta, teléfono, correo electrónico, SMS/MMS, o por otros medios de comunicación electrónica equivalentes por parte de estas empresas de información y comunicaciones comerciales que puedan resultar de su interés». Se puede deducir –y dudo que me equivoque– que esa cesión de datos personales para comunicaciones comerciales de terceros no es desinteresada.

Las citadas plataformas son minoritarias si comparamos sus resultados con los de Change.org; ahora bien, ambas mueven muchos usuarios. Por ejemplo, en peticiónpública.es la iniciativa denominada No a los Sueldos Desorbitados y Prebendas de la Clase Política Española lleva recogidas, a fecha de hoy, un total 436.313 firmas. 

Change.org

Change.org surge en el año 2007 como una red social sin ánimo de lucro. En la actualidad, cuenta con más de 200 millones de usuarios con presencia en 196 países según datos extraídos de su web. A diferencia de las plataformas anteriores, Change.org no comercializa con los datos personales de sus usuarios, pero se lucra a cuenta de ellos, ya sea mediante aportaciones o cuotas de socios.

Cuando una persona firma o crea una petición a través de la plataforma Change.org se crea, de forma automática, una cuenta de usuario; todas las actividades en Change.org quedan, entonces, vinculadas a dicha cuenta. Los datos recopilados son, básicamente, nombre y apellidos del usuario y dirección de correo electrónico. Opcionalmente, pueden recabar datos acerca de su dirección postal, su perfil en Twitter, su número de teléfono, el número de su tarjeta de crédito y toda aquella información personal que, amablemente, guste compartir con la plataforma.

Change.org informa que los datos personales de los usuarios, recabados a través de la plataforma, se tratan para diferentes finalidades.

Una finalidad es el «análisis de información personal para informes comerciales y la prestación de servicios personalizados». Dentro de esta finalidad explican que tratan sus datos personales para «personalizar su experiencia presentándole peticiones, campañas y ofertas adaptadas a usted, basadas en lo que sabemos sobre usted» y añaden: «podemos anonimizar, desidentificar y/o agregar información y usarla para entender y servir mejor a nuestros usuarios o para optimizar nuestros esfuerzos orientados a las acciones de marketing. Por ejemplo, podemos elaborar estadísticas para conocer el porcentaje de nuestros usuarios en un estado o país que se preocupan por los derechos de los animales, o el rango de edad de dichos usuarios, o analizar el rendimiento de ciertos correos electrónicos en particular». O sea que, por un lado, crean un perfil de sus usuarios en función de sus inquietudes e intereses y, por otro, les remiten información acerca de iniciativas que pueden resultar de su interés. Igual si atraen su atención sobre «causas justas» consiguen que se haga socio.

En la Política de Privacidad se advierte que los datos personales recabados pueden ser cedidos, en concreto, a empresas dentro del grupo de empresas de Change.org. Igualmente, pueden cederlos a la Fundación Change.org, a sus sucursales (el enlace está roto) y a proveedores, subcontratistas y socios comerciales (tampoco se identifican). 

Dentro de las advertencias de la Política de Privacidad me llama la atención la siguiente: «No tenemos planeado vender nuestra empresa. En este caso improbable, podremos transferir su información personal a un tercero si nosotros o cualquiera de nuestras filiales estamos o están involucradas en una reestructuración empresarial (por ejemplo, una venta, fusión u otra transferencia de activos, incluido en relación con procedimientos concursales o similares)». De modo que, la base de datos de millones de usuarios puede caer en manos de cualquiera que compre la plataforma o se fusione con la misma. 

Change.org es una organización global. Como tal se advierte al usuario que «su información personal puede ser almacenada y procesada en cualquier país donde tengamos oficinas o en el cual utilicemos a proveedores de servicios, y al utilizar la plataforma usted autoriza la transferencia de su información personal a países fuera de su país de residencia, incluido Estados Unidos, que pueden tener normas de protección de datos distintas a las de su país. En determinadas circunstancias, los tribunales, las autoridades policiales, las agencias reguladoras o las autoridades de seguridad radicadas en esos otros países podrán tener derecho a acceder a su información personal».

La autenticidad de las firmas recabadas por estas plataformas ha sido objeto de numerosas críticas. Para firmar una iniciativa, basta un nombre, uno o dos apellidos y un correo electrónico, que pueden ser verdaderos o falsos. Nada impide crear un perfil falso, pues no se asocia el nombre y apellidos del usuario a su documento acreditativo de identidad y tampoco se requiere el uso de firma electrónica para participar en cualquiera de las iniciativas.   

Conclusiones y alternativas

Reconozco que estas plataformas pueden generar un debate en la ciudadanía, sobre todo cuando sus campañas trascienden a los medios de comunicación y redes sociales, pero la validez de las firmas de cara a promover un cambio legislativo, al menos, por vía directa, es NULA.

La vía legal habilitada para que la ciudadanía pueda participar del proceso legislativo es la llamada «Iniciativa Legislativa Popular» (ILP) que exige la presentación de 500.000 firmas, si bien la ILP tiene límites: no procede en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia (indulto).

La «Iniciativa Legislativa Popular» se regula por la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la iniciativa legislativa popular y la Ley Orgánica 4/2006, de 26 de mayo, de modificación de la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular.

Hasta enero de 2023 se registraron un total de 145 iniciativas legislativas populares, aunque sólo cuatro fueron adoptadas como ley: la ILP sobre reclamación de deudas comunitarias con 832.000 signatarios; la ILP sobre dación en pago y paralización de desahucios impulsada por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca con más de un millón y medio de firmas; la ILP sobre la regulación de la Tauromaquia como Patrimonio Cultural Inmaterial, respaldada por cerca de 600.000 firmas; y la ILP sobre la defensa y protección del Mar Menor y su cuenca con cerca de 640.000 firmas. 

El camino que han de recorrer los promotores de una ILP no es fácil por las exigencias legales en torno a las firmas y su validez. Además, en el trámite parlamentario, nada garantiza que el resultado sea el que se planteaba en la propuesta inicial, aunque para evitar tal desconexión, la Ley 4/2006 abrió la puerta a la intervención de los promotores en la comisión parlamentaria que debata la proposición antes de la toma en consideración.

ALEMANIA cuenta con una plataforma oficial de peticiones que opera a nivel estatal. La participación es bien sencilla, basta con registrar una cuenta de usuario con su nombre y apellidos, documento de identidad, dirección postal, correo electrónico y teléfono. Las peticiones pueden ser privadas o de interés público, en cuyo caso, se enviarán, por vía telemática, cubriendo el formulario en línea del Comité de Peticiones. Registrada la petición pública, si cumple los requisitos de admisión, se abre un periodo de cuatro semanas para recoger firmas. Las firmas se pueden enviar por vía telemática, correo postal, correo electrónico o fax a la Secretaría de la Comisión de Peticiones del Bundestag. La plataforma garantiza la privacidad del usuario, al poder emplear un pseudónimo. Si una petición alcanza el quórum de 50.000 partidarios dentro del periodo de firmas, el peticionario es escuchado en una reunión pública del Comité de Peticiones del Bundestag. Para más detalles sobre dicha plataforma hagan clic aquí.

Crear una plataforma en línea similar a la de Alemania en España es posible, garantizándose la autenticidad de las firmas mediante el uso del DNI electrónico o un certificado digital reconocido, pero ¿interesa, realmente, que la ciudadana participe directamente en la gestión de lo público? 

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