PROTECCIÓN DATA

BLOG

El conocimiento es poder (Francis Bacon)

Blog
Compartir Facebook Twitter Linkedin
JAVIER CASAL TAVASCI

Recogida de basura y protección de datos

«Si quieres conocer a alguien, mira el cubo de su basura». Seguro que habrán oído esa frase alguna vez, y es los residuos que generamos pueden revelar detalles íntimos sobre nuestra vida cotidiana, hábitos de consumo y preferencias personales, incluso información sensible como datos de salud.

En un mundo cada vez más digitalizado, donde la privacidad es un bien escaso, los sistemas de gestión de residuos modernos plantean nuevos desafíos éticos y legales, equilibrando la necesidad ambiental con el derecho a la intimidad. Veamos algunos ejemplos:

Barcelona

La recogida selectiva de residuos en el área metropolitana de Barcelona se estancó en torno al 39 % en 2024, lejos de los objetivos europeos, lo que ha obligado a rediseñar estrategias para mejorar el reciclaje y evitar sanciones comunitarias.

El primer paso será eliminar los contenedores abiertos tradicionales de las calles. Serán sustituidos por sistemas modernos con identificación de usuarios, como los contenedores inteligentes y la recogida puerta a puerta. Paralelamente, se construirán nuevas plantas de recuperación de materiales, donde se abrirán talleres de reparación y tiendas para la venta de objetos restaurados. Otra novedad serán las estaciones de lavado de envases, lo que permitirá reutilizarlos y reducir la cantidad de plástico de un solo uso.

El sistema de recogida de residuos «puerta a puerta» permite controlar quién y cómo separa los residuos. Se inició en el barrio de Sarrià en 2019. Poco después, se implantó, no sin polémica, en Sant Andreu de Palomar y . El Ayuntamiento de Barcelona anunció que tiene previsto implantarlo en barrios como Sant Andreu de Palomar, Horta o Sant Antoni.

El sistema obliga a usar bolsas de basura reciclables de color amarillo para los envases y de color gris para el resto de residuos. Las bolsas son semitransparentes, lo que permite ver su contenido. El papel se deposita en bolsas de papel o cajas de cartón. El Ayuntamiento facilita a cada hogar un kit inicial, compuesto por bolsas, un contenedor pequeño y otro mayor para dejar la basura en la calle. Estos contenedores incluyen una etiqueta RFID UHF asociada a un código que identifica la basura recogida y la vivienda, comercio o equipamiento generador del residuo. Las bolsas son gratis y se reponen, mínimo, una vez al año.

Las bolsas con residuos reciclables no se depositan en contenedores, sino en la acera junto al portal del edificio, en función de un calendario semanal predeterminado y a unas horas concretas (entre las 20:00 y 22:00 horas). La basura orgánica se deposita en «contenedores inteligentes» que se abren con un identificador que registra la fecha y hora en la que se deposita la basura. En fincas urbanas con más de 40 viviendas se instalarán «buzones» de uso exclusivo para cada Comunidad de propietarios. En el futuro, el sistema se completará con buzones para depositar pañales y para residuos de artículos de higiene femenina, y se planean mejoras tecnológicas para 2026, como apps para seguimiento personalizado, con el fin de elevar la tasa de reciclaje.

Según el Ayuntamiento de Barcelona, el nuevo sistema permite identificar al generador del residuo y, por tanto, posibilita la implantación de sistemas de fiscalización más justos. A cambio del control de la basura que genera cada hogar, el Ayuntamiento promete bonificaciones en la tasa de residuos para aquellos que mejor reciclen. Claro está, la adhesión al sistema no es voluntaria, o sea, le es impuesto, le guste o no.

Dictamen de la Autoridad Catalana de Protección de Datos

La Autoridad Catalana de Protección de Datos emitió un dictamen en respuesta a la consulta del Ayuntamiento de Barcelona sobre la implementación del sistema de recogida selectiva de residuos «puerta a puerta», que pueden encontrar haciendo clic aquí

El dictamen advierte que el sistema de recogida de residuos propuesto puede facilitar «un volumen considerable de información sobre las personas que habitan en un determinado domicilio, incluso, puede afectar a aspectos de su intimidad. Puede revelar hábitos de consumo, hábitos vinculados a la forma en que se depositan los residuos, preferencias alimentarias o de otro tipo, incluso información vinculada a categorías especiales de datos, como datos de salud (incluyendo adicciones), tendencias políticas, religiosas, etc.»

El hecho de que los residuos se depositen de forma que permita identificar su origen comporta «una innegable afectación por la protección de datos personales y la privacidad de las personas, incluso si se realiza a través de recipientes que estén codificados con un código que no pueda ser identificado directamente por terceras personas. Este riesgo aumenta claramente en el caso de que el sistema de codificación no sea suficientemente seguro o que los recipientes codificados deban depositarse directamente en la vía pública (por ejemplo en el caso de viviendas unifamiliares), de forma que se pueda determinar fácilmente su origen». 

Además, el sistema permite «conocer y evaluar durante un periodo largo de tiempo el comportamiento de las personas que son usuarias, dada la grabación de los datos vinculados a la lectura de las etiquetas incorporadas en los elementos de contención o, en su caso, al uso de las tarjetas o de llaveros electrónicos para el acceso a contenedores. Es decir, permiten la elaboración de perfiles sobre las personas usuarias».

La Autoridad Catalana de Protección de Datos concluye que el sistema de recogida de residuos «puerta a puerta» implica un riesgo para los derechos y las libertades de los usuarios. Por ello, su implementación requiere realizar una evaluación de impacto en la protección de datos y si «se constatara la existencia de un modelo concreto de recogida selectiva más garante o con menor riesgo para la protección de datos de las personas usuarias, y el resto de condicionantes evaluados lo permitieran (medioambientales, económicos, urbanísticos, poblacionales, etc.), sería necesario decantarse por la implementación de este modelo».

A la vista de lo anterior, cabe cuestionar si la evaluación de impacto realizada ha proporcionado suficientes garantías en materia de protección de datos personales, especialmente ante las persistentes críticas. 

Pamplona

En octubre de 2021, comenzó en las localidades de Mendebaldea y Nuevo Artica el despliegue de contenedores con apertura electrónica. Rápidamente se extendió al resto de localidades de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona. 

Su implantación no fue del agrado de todos los vecinos, lo que llevó a representantes de Unión del Pueblo Navarro (UPN) en el consistorio pamplonés a presentar una reclamación ante la AEPD. 

La AEPD resolvió que la Mancomunidad no está legitimada para registrar el número de veces que un domicilio o establecimiento abre la tapa de los contendores de la basura, obligándola adoptar medidas para que las cerraduras de los contenedores dejaran de registrar el identificador de la tarjeta que los abre, interrumpiendo el servicio hasta entonces, con la obligación de bloquear los datos registrados. 

Exposición constante de datos personales

Con el auge de las entregas a domicilio, es habitual ver cajas de cartón abandonadas dentro o fuera de los contenedores habilitados. La mayoría de las personas no eliminan sus datos personales como destinatarios, que suelen incluir nombre, apellidos, dirección y teléfono, exponiéndolos a riesgos de robo de identidad o fraudes.

Permítanme un consejo práctico: adquieran un rotulador permanente, preferiblemente negro, y borren o tachan sus datos personales antes de depositar las cajas en la basura. Esta simple acción no lleva más de diez segundos y protege su privacidad en un mundo donde la información personal es un bien valioso.

 

error: El contenido del blog está protegido por derechos de propiedad intelectual mediante su registro en Safe Creative. Queda prohibida la reproducción, distribución, transformación, transcripción, almacenamiento o recuperación total o parcial de este contenido, sin el permiso previa y expreso del titular de los derechos. La infracción de los derechos puede constituir un delito contra la propiedad intelectual (artículo 270 y ss. del CP). Para requerir la autorización pueden dirigirse al titular enviando un correo electrónico a info@protecciondata.es