El 3 julio de 2022, Aditya Verma, un joven de 19 años, natural de India y con pasaporte británico, fue detenido en el aeropuerto de Mahón (Menorca) acusado de un delito de desorden público por difundir en Snapchat que era un miembro de una célula yihadista y que iba a hacer estallar una bomba en el avión en el que viajaba desde Londres a Menorca. El mensaje decía textualmente: «De camino a hacer estallar el avión (soy miembro de los talibanes)».
El mensaje fue captado por los servicios de inteligencia de Reino Unido, a través de la red wifi del aeropuerto de Gatwick, alertando a las autoridades francesas y españolas sobre la posible amenaza. El ejército español movilizó un caza Eurofighter para escoltar el avión de Easyjet hasta el aeropuerto de destino.
Cuando se le preguntó en el juicio a Verma sobre el motivo del envío del mensaje, éste respondió que «ha sido una broma debido a mis rasgos. Era sólo para hacer reír a la gente». El acusado argumentó que hizo esa broma porque sus amigos habían bromeado que, dados sus rasgos hindúes, las autoridades lo detendrían nada más llegar a España. El mensaje lo envió mientras realizaba el check-in en el aeropuerto de Londres. Se compartió en un grupo privado de seis personas, sin posibilidad de que se compartiese a más público (Verma habría recibido una notificación de Snapchat advirtiendo de tal limitación).
Durante las diligencias, la Guardia Civil informó al tribunal que registraron el teléfono de Verma y si bien descubrieron mensajes de WhatsApp en los que Verma hablaba de los enfrentamientos entre India y Pakistán y la posibilidad de un ataque del grupo terrorista Estado Islámico en esa zona, no encontraron evidencias de vínculos entre Verma y el radicalismo yihadista.
El incidente derivó en una causa en la Audiencia Nacional. Verma fue acusado por la Fiscalía de la Audiencia Nacional y la Abogacía del Estado de un delito de desórdenes públicos tipificado en el artículo 561 del Código Penal que dice: «Quien afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro a consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro, y con ello provoque la movilización de los servicios de policía, asistencia o salvamento, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses». Se enfrentaba a una pena de multa de 22.500 € y a una indemnización para el Ministerio de Defensa de 94.782 € por el coste de movilizar la aeronave.
La defensa alegó que para obtener la información de ese mensaje en un grupo privado, el Reino Unido tuvo que violar la intimidad y el derecho al secreto de las comunicaciones de su cliente.
Resolución judicial
Para el juez central de lo Penal, una vez analizados los hechos y el tipo penal que le atribuyen las acusaciones, la actuación del joven no puede considerarse que sea constitutiva de delito, argumentando en su resolución que de la acción del acusado «no se revela ni se infiere remotamente una intención de provocar la movilización del avión del ejército, ni de cualquier otro servicio de policía, asistencia o salvamento, que exige el precepto legal del artículo 561 del Código Penal en su redacción actual».
El juez también subraya que «no puede obviarse que el mensaje no se envió a ningún organismo oficial, ni se le dio publicidad alguna, que llevaría, de forma ineludible, a la correspondiente movilización de los pertinentes servicios de policía, asistencia o salvamento». Muy al contrario, se realiza en un «ambiente estrictamente privado entre el acusado y sus amigos con los que vuela a través de un grupo privado, al que sólo ellos tienen acceso, por lo que ni remotamente el acusado podía suponer que la broma que gastaba a sus amigos pudiera ser interceptada o detectada por los servicios británicos, ni por terceros ajenos a los amigos que reciben el mensaje».
Asimismo, el juez afirma que se desconoce cómo llegaron los servicios de inteligencia británicos a conocer la fotografía y mensaje enviados, al no haber sido objeto de prueba en el juicio.
Dado que los servicios de inteligencia británicos intervinieron la comunicación en territorio británico, la jurisdicción española no tiene competencias para enjuiciar la, más que probable, violación de la intimidad y el derecho al secreto de las comunicaciones del acusado.
Conclusión
El joven hizo una broma, de mal gusto, en un chat privado, al que sólo tienen acceso sus amigos, si bien el mensaje fue interceptado por los servicios de inteligencia británicos.
La próxima vez que publiquen un mensaje por redes sociales o envíen un mensaje a través de una aplicación de mensajería instantánea, recuerden que los servicios de inteligencia pueden leerlo.
Cada vez la parcela de privacidad es más pequeña. Dentro de poco, ni los pies nos caben, pero todo sea por la seguridad nacional, ¿no?.