El 2 julio de 2022, Aditya Verma, un joven de 19 años, de nacionalidad británica y origen indio, fue detenido en el aeropuerto de Mahón (Menorca) acusado de un delito de desorden público tras difundir en Snapchat que era un miembro de una célula yihadista y que iba a hacer estallar una bomba en el avión en el que viajaba desde Londres a Menorca. El mensaje decía textualmente: «De camino a hacer estallar el avión, soy miembro de los talibanes».
El mensaje fue interceptado por los servicios de inteligencia de Reino Unido a través de la red wifi del aeropuerto de Gatwick, lo que llevó a alertar a las autoridades francesas y españolas sobre una posible amenaza. El Ejército del Aire movilizó un caza Eurofighter para escoltar el avión de Easyjet hasta el aeropuerto de destino.

Durante las diligencias, la Guardia Civil informó que registraron el teléfono de Verma y, aunque encontraron mensajes de WhatsApp en los hablaba de los enfrentamientos entre India y Pakistán y la posibilidad de un ataque del grupo terrorista Estado Islámico en esa zona, no hallaron evidencias de vínculos entre Verma y el radicalismo yihadista.
Verma fue acusado por la Fiscalía y la Abogacía del Estado de un delito de desórdenes públicos tipificado en el artículo 561 del Código Penal que dice: «Quien afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro a consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro, y con ello provoque la movilización de los servicios de policía, asistencia o salvamento, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses». Se enfrentaba a una pena de multa de 22.500 € y a una indemnización para el Ministerio de Defensa de 94.782 € por el coste de movilizar el caza.
En el juicio, celebrado en la Audiencia Nacional, Verma declaró que el envío del mensaje había sido una broma relacionada con sus rasgos. Explicó que lo hizo porque sus amigos habían bromeado que, por sus rasgos hindúes, las autoridades lo detendrían en cuanto llegara a España. El mensaje lo envió mientras realizaba el check-in en el aeropuerto de Londres y lo compartió en un grupo privado de seis personas, sin posibilidad de que se compartiese a más público (Verma habría recibido una notificación de Snapchat advirtiendo de tal limitación).
La defensa argumentó que, para obtener la información de ese mensaje en un grupo privado, el Reino Unido habría violado la intimidad y el secreto de las comunicaciones de su cliente.
Resolución judicial
El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional absolvió a Verma de todos los cargos, argumentando en la sentencia que de la acción del acusado «no se revela ni se infiere remotamente una intención de provocar la movilización del avión del ejército, ni de cualquier otro servicio de policía, asistencia o salvamento, que exige el precepto legal del artículo 561 del Código Penal en su redacción actual».
El juez subrayó que «no puede obviarse que el mensaje no se envió a ningún organismo oficial, ni se le dio publicidad alguna, que llevaría, de forma ineludible, a la correspondiente movilización de los pertinentes servicios de policía, asistencia o salvamento». Al contrario, se produjo en un «ambiente estrictamente privado entre el acusado y sus amigos con los que vuela a través de un grupo privado, al que sólo ellos tienen acceso, por lo que ni remotamente el acusado podía suponer que la broma que gastaba a sus amigos pudiera ser interceptada o detectada por los servicios británicos, ni por terceros ajenos a los amigos que reciben el mensaje».
Dado que la intervención se produjo en territorio británico, la jurisdicción española no es competente para enjuiciar una posible vulneración del derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones.
Conclusión
Este caso ilustra cómo las comunicaciones en aplicaciones supuestamente privadas pueden ser monitoreadas en entornos sensibles.
La privacidad digital sigue reduciéndose en aras de la prevención de amenazas, aunque casos como este generan debate sobre el equilibrio entre seguridad y derechos fundamentales.


