El artículo 4 del Reglamento (UE) 2024/1689, de Inteligencia Artificial (RIA), en su redacción original, imponía el deber de alfabetización en IA –empezando por la educación y formación y continuando con el aprendizaje permanente– a los proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA, pero el Reglamento Ómnibus Digital sobre IA, cambió su enfoque.
¿Qué dice la norma?
En su versión original, el artículo 4 del RIA disponía:
«Los proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA adoptarán medidas para garantizar que, en la mayor medida posible, su personal y demás personas que se encarguen en su nombre del funcionamiento y la utilización de sistemas de IA tengan un nivel suficiente de alfabetización en materia de IA, teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, su experiencia, su educación y su formación, así como el contexto previsto de uso de los sistemas de IA y las personas o los colectivos de personas en que se van a utilizar dichos sistemas».
El RIA define la «alfabetización en IA» en su artículo 3, apartado 56, como «las capacidades, los conocimientos y la comprensión que permiten a los proveedores, responsables del despliegue y demás personas afectadas, teniendo en cuenta sus respectivos derechos y obligaciones en el contexto del presente Reglamento, llevar a cabo un despliegue informado de los sistemas de IA y tomar conciencia de las oportunidades y los riesgos que plantea la IA, así como de los perjuicios que puede causar».
La obligación de alfabetización en IA representaba una carga dificil de soportar, principalmente, para las pequeñas empresas. Por ello, el Reglamento Ómnibus Digital sobre IA limitó esa exigencia. Ahora, los proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA solo tienen que adoptar medidas de apoyo. A cambio, la Comisión Europea y los Estados miembros facilitarán sus esfuerzos mediante oportunidades de formación, recursos informativos e intercambio de buenas prácticas y otras iniciativas.
En todo caso, cabe señalar que estamos ante una obligación de medios, no de resultado; es decir, los obligados no están obligados a garantizar el éxito de la alfabetización, lo que no quita que haya que esforzarse en procurar los medios adecuados.
¿A quién afecta?
La obligación recae en proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA, incluidos empleados, freelancers, contratistas externos y cualquier tercero que interactúe con el sistema en su nombre.
¿Cómo cumplir?
La formación impartida debe ser continua para adaptarse a los rápidos cambios tecnológicos y facilitar la integración de nuevas herramientas, así como medidas de seguimiento.
La AESIA a través de su sitio web, ya proporciona recursos que facilitan la formación en IA.
Recursos de la Comisión Europea
En abril de 2025, la Comisión Europea presentó el Plan de Acción para el Continente de la IA. Entre sus puntos clave se encuentra la creación de la «AI Skills Academy» (Academia de Habilidades en IA) que ofrecerá cursos especializados, becas y títulos propios en IA, y fomentará la colaboración entre universidades, centros de investigación y el sector privado.
La Oficina Europea de IA ha publicado un repositorio vivo que recopila ejemplos reales de iniciativas de alfabetización en IA aportadas por las empresas firmantes del Pacto de la IA. Este espacio está vivo, o sea, se actualiza periódicamente y divide los casos en «planificados», «parcialmente implementados» y «completamente desplegados», lo que facilita el intercambio de modelos de formación entre sectores.
Al repositorio, antes enlazado, se une el cuestionario de la Comisión Europea publicado como Q&A oficial sobre AI literacy.
Otros recursos gratuitos son los programas Elements of AI o FutureLearn.
Regimen sancionador
Aunque el Reglamento Ómnibus Digital sobre IA ha rebajado la exigencia inicial, cabe advertir que el incumplimiento del deber de alfabetización implica una sanción de hasta 35 millones de euros o el 7 % de la facturación global en los casos más graves.
En el caso de incumplimientos leves con un nivel de riesgo mínimo se esperan apercibimiento o multas reducidas.
Conclusión
El uso responsable de la IA y la gestión de riesgos pasan, en última instancia, por la formación.
Aunque las instituciones europeas y los Estados miembros impulsen recursos y guías, serán las empresas quienes deban asumir el esfuerzo real de adaptación, y no será fácil.


