La inteligencia artificial generativa –como ChatGPT– se terminará aplicando en la Administración de Justicia, al igual que en otros campos, pero es preciso que se establezcan reglas claras para regular su uso.
La Corte Suprema del Estado de Illinois acaba de aprobar una serie de directrices o política sobre el uso de la inteligencia artificial en los tribunales de dicho Estado con fecha de efectos 1 de enero de 2025. Dejo enlazado aquí el texto oficial. También aprobó una hoja de ruta para ayudar a los jueces.
La Corte Suprema, reconociendo el rápido desarrollo de la inteligencia artificial generativa, admite su uso, por cuanto mejora la eficiencia y el acceso a la justicia, si bien plantea su preocupación por aspectos clave como la autenticidad, la precisión, el sesgo y la integridad de los expedientes, procedimientos, pruebas y decisiones judiciales; en este sentido, lanza una advertencia: «No se tolerará ningún contenido generado por inteligencia artificial que no esté fundamentado o sea deliberadamente engañoso y que perpetúe el sesgo, perjudique a los litigantes u oscurezca la búsqueda de la verdad y la toma de decisiones».
Autoriza el uso de la inteligencia artificial por parte de jueces, secretarios judiciales, personal judicial, abogados, investigadores y litigantes, siempre que cumplan los estándares legales y éticos, y así dispone: «Todos los usuarios deben revisar minuciosamente el contenido generado por la inteligencia artificial antes de presentarlo en cualquier procedimiento judicial para garantizar la precisión y el cumplimiento de las obligaciones legales y éticas». Un punto que ha generado críticas es aquel que dice: «No debe exigirse la divulgación del uso de inteligencia en un alegato».
También hace hincapié en el hecho de que «las aplicaciones de inteligencia artificial no deben comprometer información sensible como comunicaciones confidenciales, información de identificación personal (PII), información de salud protegida (PHI), datos de justicia y seguridad pública, información relacionada con la seguridad o información que entre en conflicto con los estándares de conducta judicial o que erosione la confianza pública».
La Corte Suprema reevaluará, periódicamente, su política a medida que estas tecnologías evolucionen, priorizando la confianza pública en el poder judicial y la Administración de Justicia.
Conclusión
Se echa de menos que el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Supremo o el Tribunal Constitucional dicten una serie de directrices sobre el uso de la inteligencia general generativa en la Administración de Justicia como ha hecho la Corte Suprema del Estado de Illinois o el Tribunal Constitucional de Colombia.
Por el momento, el Tribunal Constitucional ha dictado la nota informativa nº 90/2024 en la que nos recuerda que: «El letrado es siempre responsable de revisar exhaustivamente todo el contenido de este y de cualquier escrito que presenten en un proceso constitucional (en este caso de amparo), corrigiendo en su caso lo mal hecho, antes de su envío al procurador para su presentación en el registro general de este Tribunal». Dicha nota se refiere al caso de un abogado que incluyó citas falsas de jurisprudencia en un recurso de amparo, promoviendo el Tribunal Constitucional, en su labor de policía de estrados, la oportuna sanción, que fue de apercibimiento.