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JAVIER CASAL TAVASCI

Hurto de móvil: prisión de 1 a 3 años con la nueva ley de multirreincidencia

El 12 de febrero de 2026, el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó la Proposición de Ley Orgánica en materia de multirreincidencia, una norma impulsada por Junts per Catalunya que contó con un apoyo parlamentario poco habitual: los votos a favor del bloque de la derecha (PP, Vox, Junts, PNV y UPN) y el PSOE.

Uno de los artículos del Código Penal que se modifica es el artículo 235, apartado 1, con la adición del numeral 10º en los siguientes términos: «Cuando los objetos sustraídos fueran teléfonos móviles, así mismo cualquier otro dispositivo móvil de comunicación o de almacenamiento masivo de información digital susceptible de contener datos e información de carácter personal. A los efectos de este ordinal, no se considerarán incluidos los que se encuentren a la venta, en almacén o en exposición en establecimientos comerciales».

El valor de mercado de la mayoría de smartphones de gama media–baja rara vez supera los 400 €, por lo que el hurto se trataba hasta ahora como delito leve (art. 234.2 CP), sancionado con multa. El nuevo precepto pone en valor los datos personales que contienen los dispositivos electrónicos (fotografías y vídeos, agenda de contactos, mensajes, correos electrónicos, historial de ubicaciones, accesos a redes sociales, aplicaciones de banca móvil, etc.).

Esa información, muchas veces sensible, en manos de un delincuente puede convertirse en una puerta de entrada a situaciones indeseadas, como usurpación de identidad, acoso, chantaje, fraude bancario, etc.

Conclusión

El nuevo supuesto agravado convierte en delito –con posible pena de prisión de 1 a 3 años– el hurto de dispositivos móviles susceptibles de contener datos e información de carácter personal, incluso si su valor económico es inferior a 400 €, y es que el verdadero valor de un teléfono móvil no está en el dispositivo en sí, que es sustituible, sino en la huella digital que lleva dentro.

No faltan voces críticas: para ellas, la norma supone un endurecimiento punitivo desproporcionado para delitos que muchas veces responden a contextos de marginalidad.

Lo que es indudable es que, a partir de ahora (una vez entre en vigor, tras el paso por el Senado y la publicación en BOE), hurtar un teléfono en la calle tendrá consecuencias penales realmente serías.

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