Protección Data

BLOG

PARA ESTAR AL DÍA EN PROTECCIÓN DE DATOS Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

Blog
Compartir Facebook Twitter Linkedin
JAVIER CASAL TAVASCI

Medidas para la renovación segura de dispositivos móviles

Cada cierto tiempo sustituimos nuestro teléfono móvil por otro más moderno, ya sea por necesidad o por gusto.

Por regla general, los terminales viejos terminan olvidados y acumulados en un cajón. Otras veces son vendidos, regalados o reciclados.

Sea cual fuere el destino que les tengamos reservado a nuestros teléfonos móviles, al dejar de usarlos, es importante borrar la información personal que contengan (imágenes, videos, agenda, contactos, correos electrónicos, mensajes de texto, historiales de webs visitadas, accesos a servicios en la nube, información crediticia, datos de salud, aplicaciones instaladas, etc.). Haciendo clic aquí encontrarán información sobre la eliminación de datos de forma segura de sus dispositivos de almacenamiento.

Antes de borrar nada, asegúrense de hacer una copia de seguridad. Las copias se pueden hacer en otro dispositivo, en un disco duro externo o en la nube (Google Drive, Dropbox, etc.). Si deciden hacer la copia en la nube, es recomendable encriptarla, sobre todo, si la información es sensible (pueden emplear Boxcryptor). Para saber más sobre las copias de seguridad hagan clic aquí.

Completada la copia, antes de borrar el contenido del dispositivo móvil, comprobaremos que esta se ejecutó correctamente. Si es correcta, restauraremos los ajustes de fábrica. 

Para mantener los dispositivos móviles bajo control es necesario inventariarlos. Una ventaja añadida del inventario es que, en caso de robo o extravío, tendrá todos los detalles del terminal para formular la denuncia.

A modo de ejemplo, les comparto la plantilla de Protección Data

error: Contenido protegido por derechos de propiedad intelectual. Se prohíbe su reproducción, transformación, distribución y comunicación pública a título lucrativo por cualquier medio y soporte. Advertir que la infracción de los derechos relativos a la propiedad intelectual es constitutiva de delito (arts. 270 y ss. CP).