La noticia que les enlazo, a continuación, publicada en El Plural, es verdaderamente preocupante:
La noticia hace referencia a la filtración de datos personales de alrededor de 3,6 millones de alumnos —todos ellos menores de edad— de centros docentes de la Comunidad de Madrid, así como de sus padres o representantes legales, debido a una brecha de seguridad que se produjo entre finales de mayo y principios de junio de 2020.
Los datos personales accesibles fueron los siguientes:
- Alumnos: Nombre y apellidos completos, DNI, NIA (Número de Identificación de Alumno), sexo, domicilio, fecha de nacimiento, centro escolar, curso en el que estaba matriculado y existencia o no de hermanos.
- Padres o tutores legales: Nombre y apellidos completos, DNI, correo electrónico, teléfono móvil, información económica, sexo, domicilio y fecha de nacimiento.
Lo alarmante es que el responsable del tratamiento, incumpliendo lo establecido en el artículo 33 del RGPD, no comunicó el incidente a la Agencia Española de Protección de Datos ni a los afectados.
Esta brecha de seguridad me recuerda mucho a la que afectó a la plataforma de Justicia (LexNET) que dejó al descubierto cientos de miles de datos relativos a procesos judiciales. Una plataforma no exenta de polémicas desde su nacimiento, incluyendo fallos de seguridad que llevaron a la AEPD a atribuir una infracción grave al Ministerio de Justicia. Al respecto, recomiendo la lectura del siguiente artículo publicado en El Confidencial:
Conclusión
El problema radica en que muchas Administraciones públicas y empresas no se toman en serio la seguridad informática. La pregunta que cabría hacerles es si dejarían abiertas las puertas de sus oficinas, facilitando que cualquiera pueda entrar y robarles. Seguramente la respuesta unánime sería no; pues bien, sin medidas adecuadas de ciberseguridad, es exactamente lo que hacen: dejan las puertas abiertas de par en par y permiten que cualquiera se adueñe de sus datos.
Si quieren saber cómo actuar ante una brecha de seguridad, pueden consultar la guía oficial de la AEPD en el siguiente enlace:
No se pierda nuestro podcast sobre el artículo


