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JAVIER CASAL TAVASCI

Ciberseguros

Las estadísticas indican que España es el segundo país con más ciberataques del mundo, con una media de 45.000 ataques al día, tras Estados Unidos (fuente aquí). 

Según un informe de la Agencia Española de Protección de Datos fechado en octubre de 2025, en el año 2024 se realizaron un total de 2.933 notificaciones, la mayoría relacionadas con brechas de seguridad provocadas por ciberataques.

La lista de afectados por ciberataques en España es extensa y diversa. Aunque muchos ciberataques afectan a grandes empresas, la mayoría se centra en las pymes, que suelen ser más vulnerables debido a sus limitaciones tecnológicas y recursos limitados en ciberseguridad.

Los perjuicios causados en una empresa por la ciberdelincuencia incluyen pérdidas económicas, daños a la imagen y reputación, y afectación en la continuidad del negocio. Además, pueden derivar en sanciones impuestas por la autoridad de control en casos de ausencia o insuficiencia de medidas de seguridad de la información.

Para mitigar los efectos derivados de ciberataques, surgen los ciberseguros o seguros ciberriesgo, que ofrecen una protección específica adaptada a los riesgos digitales actuales.

En cualquier negocio es habitual contratar un seguro para cubrir los daños que puedan sufrir las instalaciones de la empresa, pero estos seguros tradicionales no abarcan los perjuicios ocasionados por virus, malware y ataques informáticos. 

Coberturas

A modo de ejemplo, con independencia de la vía de entrada del ciberataque, las pólizas suelen cubrir:

  • Daños a los sistemas informáticos del asegurado.
  • Gastos de restauración del sistema y recuperación de datos.
  • Pérdidas financieras derivadas de la paralización de la actividad.
  • Pérdidas de beneficios por interrupciones técnicas.
  • Gastos derivados de la notificación de la brecha de seguridad a los afectados.
  • Responsabilidad civil frente a terceros por violación de la privacidad o fuga de datos.
  • Sanciones administrativas, como multas impuestas por la autoridad de control.
  • Gastos de defensa legal, fianzas y gestión de conflictos de intereses.
  • Servicios forenses, como peritos informáticos especializados.
  • Asistencia técnica ilimitada de expertos en ciberseguridad, incluyendo prevención y respuesta a incidentes.

Las pólizas lo que no suelen cubrir es lo siguiente:

  • Reembolso de pagos de rescate.
  • Daños causados por dolo, mala fe o negligencia grave.
  • Daños previsibles o conocidos al momento de la contratación.
  • Infracciones o incumplimientos voluntarios de la normativa.
  • Daños a bases de datos o aplicaciones con código de programación propio no asegurado.
  • Defectos o errores en los sistemas informáticos derivados de fallos de programación.
  • Robo, daño o pérdida de información obtenida de forma ilegal.

Requisitos para contratar

Para poder contratar un ciberseguro, las compañías aseguradoras suelen exigir unas condiciones mínimas:

  • Haber realizado la adaptación completa a la normativa de protección de datos.
  • Haber implantado las medidas recomendadas para asegurar la información, como firewalls y protocolos de encriptación.
  • Disponer de programas y aplicaciones (software) con licencia y actualizarlos.
  • Realizar, periódicamente, copias de respaldo o seguridad.

De querer contratar un ciberseguro, las aseguradoras suelen evaluar los aspectos técnicos y de ciberseguridad de la empresa, incluyendo sus infraestructuras tecnológicas. Tras detectar vulnerabilidades –como configuraciones inseguras, sistemas desactualizados, falta de protocolos de seguridad o deficiencias en la formación del personal–, exigirán las correcciones y mejoras necesarias para alcanzar un mínimo de seguridad aceptable.

Tendremos que tener en cuenta las condiciones que establezca la aseguradora, ya que no estarán cubiertos los incidentes atribuibles a la empresa por comportamientos ilícitos o intencionados, como la vulneración deliberada de la normativa de protección de datos.

A modo de ejemplo, la prima de un ciberseguro para un centro sanitario con una facturación de entre 125.001 € y 250.000 €, con un capital asegurado de 100.000 € y sin haber registrado siniestros (ciberataques) en los tres años anteriores, asciende en 2025 a la cantidad de 857,61 € (ver presupuesto). En el mercado hay diferentes ofertas, y el precio de las primas dependerá de la compañía, el nivel de cobertura y el perfil de riesgo de la empresa.

Conclusión

Mi recomendación es que contemplen la contratación de este tipo de seguros. Para la gran mayoría de las empresas, el coste es asumible y las ventajas son numerosas. Siempre pueden contratar un seguro básico al principio e ir añadiendo coberturas según vaya evolucionando el negocio.

Dado el incremento de ciberataques, auguro que, en un futuro, estos seguros se encarezcan, incrementen las franquicias, reduzcan ciertas coberturas o incluso algunas compañías dejen de ofrecerlos por motivos de rentabilidad.

Pueden ampliar la información sobre ciberataques y sus distintas modalidades en los siguientes enlaces:

Tipos y ejemplos de ciberataques (Parte I)

Tipos y ejemplos de ciberataques (Parte II)

Tipos y ejemplos de ciberataques (Parte III)

No se pierda nuestro podcast sobre el artículo

 

 

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