Telegram hace tiempo que está en el punto de mira de las autoridades.
En marzo de 2024, el titular del Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional –Santiago Pedraz Gómez– ordenó la suspensión del servicio de Telegram en España como medida cautelar tras la querella presentada por varios grupos de comunicación por supuesto uso no autorizado de contenido audiovisual sometido a derechos de autor. Pocos días después, el juez Pedraz dio marcha atrás, reconociendo que la medida que había adoptado era excesiva y no proporcional.
El 24 de agosto de 2024, el fundador y consejero delegado de Telegram –Pável Dúrov– era detenido en Francia, cuando su avión privado aterrizó en el aeropuerto de Le Bourget, en las afueras de París, procedente de Azerbaiyán. Se le acusa de 12 cargos relacionados con la difusión a través de Telegram de delitos de terrorismo, tráfico de drogas, estafa, blanqueo de capitales, receptación y explotación sexual de menores. La orden de detención de Dúrov fue emitida por la Oficina de Menores (OFMIN).
Dúrov tiene nacionalidad francesa y se encuentra en Francia, así que su situación es muy distinta a la de Julián Assange que encontró asilo durante años en la Embajada de Ecuador en Londres o a la de Edward Snowden que encontró asilo en Rusia. Puede que Telegram termine cediendo a las presiones, colaborando con las autoridades o puede que no.
El caso es que Telegram está bloqueado en China, Tailandia, Irán, Pakistán, Cuba y Corea del Norte, en todos los casos tras protestas antigubernamentales. Además, ha sido objeto de investigación en Reino Unido, Noruega, Alemania, España, Ucrania, Bielorrusia y Rusia.
Desde un punto de vista jurídico, este es un caso interesante, pues plantea el debate sobre si las plataformas de mensajería instantánea son directamente responsables del contenido que publican los usuarios en virtud de la Ley de Servicios Digitales. En Estados Unidos ya se dio este debate con las redes sociales, y el Tribunal Supremo dejo claro que no lo son. Este tema lo desarrollé, con detalle, en otro artículo.
Conclusión
Si les digo Neftalí Reyes seguro que no les suena, en cambio Pablo Neruda, sí, pues que sepan que son la misma persona. Pablo Neruda es un seudónimo, como George Orwell (Eric Arthur Blair) o Clarín (Leopoldo Alías). Con esto quiero decir que el uso de un seudónimo o alias no siempre es negativo; de hecho, se han utilizado a lo largo de la historia para enfrentarse a los abusos del poder.
En la antigua Roma los críticos usaban los muros para escribir sus proclamas contra los gobernantes. Obviamente los mensajes eran anónimos. Los muros eran las redes sociales de la época y no por ello el dueño del muro era responsable del mensaje.
Si Telegram cae (o cede demasiado), surgirán nuevas aplicaciones, y si estas caen, nacerán más. No se puede poner puertas al campo.
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Actualización (23.09.2024)



