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JAVIER CASAL TAVASCI

Proceso de Hiroshima sobre Inteligencia Artificial

En artículos anteriores les hablé de la Cumbre del Futuro de la ONU para regular la inteligencia artificial, de la Orden Ejecutiva del presidente Biden con el mismo propósito (revocada por el presidente Trump) y de la Declaración de Betchley. Hoy les hablaré del Proceso de Hiroshima sobre Inteligencia Artificial y su declaración.

En mayo de 2023, Japón propuso la creación de un foro intergubernamental con el objetivo de debatir sobre la regulación de la inteligencia artificial, acercándose a la creación de estándares internacionales para una inteligencia artificial digna de confianza.

El Proceso de Hiroshima está liderado por el Grupo de los Siete (Estados Unidos, Japón, Alemania, Reino Unido, Francia, Italia y Canadá).

Este proceso se estructura en torno a cuatro pilares fundamentales:

  1. Análisis de riesgos, desafíos y oportunidades prioritarias de la inteligencia artificial generativa.
  2. Implantación de los Principios Rectores Internacionales del Proceso de Hiroshima
  3. Promoción del Código Internacional de Conducta del Proceso de Hiroshima para organizaciones que desarrollan sistemas avanzados de inteligencia artificial. 
  4. Desarrollo de mejores prácticas y herramientas de inteligencia artificial responsable.

En una descripción de los riesgos a evitar, la declaración advierte sobre el peligro que supondría el desarrollo de una inteligencia artificial capaz de mejorarse y reproducirse por sí misma, comúnmente conocida como «Inteligencia Artificial General» (AGI por sus siglas en inglés).

El problema es que el Código Internacional de Conducta tiene carácter voluntario. En consecuencia, si las grandes tecnológicas –esas cuyos nombres conocemos todos– deciden no adherirse, todos los esfuerzos caerán en saco roto.

Más iniciativas globales

El 17 de mayo de 2024 se aprobó el Convenio Marco del Consejo de Europa sobre Inteligencia Artificial y derechos humanos, democracia y Estado de derecho (CETS nº 225). Se trata del primer tratado internacional jurídicamente vinculante sobre inteligencia artificial.

El texto fue negociado durante más de un año por los 46 Estados miembros del Consejo de Europa, la Unión Europea y varios Estados observadores y no miembros, entre ellos Argentina, Australia, Canadá, Costa Rica, Estados Unidos, Israel, Japón, México, Perú, Uruguay y la Santa Sede. Representantes del sector privado, la sociedad civil, el mundo académico y otras organizaciones participaron como observadores, lo que garantizó un enfoque inclusivo y multidisciplinar.

El Convenio entrará en vigor el primer día del mes siguiente a la expiración de un plazo de tres meses a partir de la fecha en que cinco signatarios, incluidos al menos tres Estados miembros del Consejo de Europa, lo hayan ratificado. A fecha de diciembre de 2025, no se han cumplido aún los requisitos para su entrada en vigor.

Su enfoque se basa en riesgos, promueve la innovación responsable y exige que todo el ciclo de vida de los sistemas de IA sea compatible con los derechos humanos, la democracia y el Estado de derecho.

Conclusión

Repasando los últimos artículos podemos concluir que la regulación de la inteligencia artificial a nivel mundial es un auténtico embrollo. 

 

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