Si Ud. es un ciudadano extracomunitario muy pronto tendrá que someterse a un reconocimiento facial y a un control dactilar en los puestos de control de fronteras del espacio Schengen, tanto entre por tierra, mar o aire.
El Sistema Europeo de Entradas y Salidas (ENTRY-EXIT SYSTEM o EES) se aplicará en cumplimiento de las siguientes normas:
- Reglamento (UE) 2017/2225 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2017 por el que se modifica el Reglamento (UE) 2016/399 en lo que respecta a la utilización del Sistema de Entradas y Salidas.
- Reglamento (UE) 2017/2226, de 30 de noviembre de 2017 por el que se establece un Sistema de Entradas y Salidas (SES) para registrar los datos de entrada y salida y de denegación de entrada relativos a nacionales de terceros países que crucen las fronteras exteriores de los Estados miembros, se determinan las condiciones de acceso al SES con fines policiales y se modifican el Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen y los Reglamentos (CE) nº 767/2008 y (UE) nº 1077/2011.
- Reglamento (UE) 2018/1240 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de septiembre de 2018 por el que se establece un Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV) y por el que se modifican los Reglamentos (UE) nº 1077/2011, (UE) nº 515/2014, (UE) 2016/399, (UE) 2016/1624 y (UE) 2017/2226.
El EES se aplicará a los viajeros de terceros países que estén sujetos a la obligación del visado, así como a los exentos de ella y admitidos para una estancia de corta duración de hasta 90 días en un periodo de 180 días que crucen las fronteras exteriores del espacio Schengen.
El sistema funcionará de forma autónoma, es decir, no requiere la asistencia de ninguna persona. Para empezar el viajero se situará enfrente del dispositivo, que escaneará cuatro de sus huellas dactilares. Acto seguido, introducirá en el dispositivo su documentación (pasaporte). Por último, se situará frente a la cámara que analizará sus facciones. La máquina también realizará un pequeño cuestionario sobre los motivos del viaje (turismo, trabajo, etc.). Y como una imagen vale más que mil palabras, véanlo en video:
El sistema registrará los datos alfanuméricos de identidad (nombre y apellidos, fecha de nacimiento, nacionalidad y sexo); datos alfanuméricos del pasaporte (tipo, número de documento, país de emisión y fecha de vencimiento); datos biométricos (la imagen facial tomada en vivo y huellas dactilares de los dedos índice, medio, anular y meñique de la mano derecha, si es físicamente posible, sino de la mano izquierda). Dicha información será recopilada en fronteras para su transmisión al Sistema Central EES. De forma que el EES sustituirá al sistema de sellado manual de pasaportes que dificulta el control de aquellos viajeros que han excedido la duración máxima de su estadía autorizada.
En caso de que la información no sea validada, el agente de fronteras podrá realizar comprobaciones complementarias o bien derivar al viajero a una segunda línea. El control en segunda línea solamente se realiza en casos con condiciones de entrada o salida que requieren una aclaración detallada por un policía. La denegación de cruces fronterizos solamente es posible en segunda línea.
El expediente del viajero, a partir de la información recopilada, será generado en el primer cruce de fronteras que este realice a través del EES y tendrá una validez variable de 3 a 5 años dependiendo del periodo de almacenamiento previsto por el Reglamento (UE) 2017/2226. Con cada uno de los pasos sucesivos por frontera del viajero, la vigencia del expediente se renovará por el periodo inicialmente establecido.
El Repertorio de Identidad Común o CIR, del que les hablé en un artículo anterior que dejo enlazado aquí, unifica las bases de datos existentes: el Sistema de Información Schengen (EURODAC) y el Sistema de Información de Visados (VIS) y tres nuevos sistemas: el Sistema Europeo de Antecedentes Penales para Nacionales de Terceros Países (ECRIS-TCN), el Sistema de Entrada/Salida (EES) y el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS).
La Agencia Europea para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (EU-LISA) será la entidad responsable de la implantación y gestión del sistema EES en Europa.
La idea es desplegar el sistema EES en el primer semestre del año 2023, si bien en España tenemos desde el año 2021 un proyecto piloto del sistema llevado a cabo entre la Agencia Europea Frontex y la policía española de la Línea de la Concepción. En España está previsto el siguiente despliegue:
Si quieren saber más sobre el EES pueden consultar el Pliego de prescripciones técnicas, adquisición y puesta en marcha de equipamiento para control manual en puestos fronterizos en el marco del sistema de entradas y salidas (Entry-Exit System/EES).
Conclusión
El EES contribuirá a prevenir la migración irregular, a identificar de manera más eficiente a aquellos viajeros que superan la estadía máxima autorizada y a detectar los casos de fraude de documentos de identidad.
Pensemos que, en ocasiones, es necesario sacrificar nuestra privacidad por el interés general y el nuevo sistema de control de fronteras exteriores, y si bien puede ser discutible, permitirá un control más exhaustivo de nuestras fronteras.